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¿Cómo afectan las herencias a la declaración de la renta?

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La tributación de las herencias puede ser un tema complejo, y es importante entender cómo funciona en España. Ya sea que seas abogado, administrador de fincas, gestor de propiedades o miembro de una comunidad o complejo residencial, es necesario saber cómo navegar por el sistema tributario cuando se trata de herencias. Más aún si estás en una situación donde el heredero no aparece y el atasco administrativo y económico que esto supone.

En esta publicación del blog explicaremos cómo se gravan las herencias en la declaración de la renta en España y te explicaremos qué factores hay que tener en cuenta a la hora de elaborar el documento oficial y a la hora de hacer frente a herencias complejas.

¿Quiénes están obligados a tributar por una herencia?

En España esta obligación recae en los herederos y legatarios que reciban los bienes o derechos del patrimonio del fallecido. Además, es importante destacar que cada Comunidad Autónoma establece sus propias normas en cuanto a la cuantía y tipos impositivos del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Por lo tanto, las obligaciones tributarias pueden variar según el lugar donde se haya producido la herencia.

¿Qué factores tener en cuenta a la hora de tributar una herencia?

En España, ser heredero conlleva ciertos costes y obligaciones fiscales que deben tenerse en cuenta, especialmente en lo que respecta a la declaración de la renta.

En líneas generales, no es necesario declarar la herencia en la declaración de la renta anual, a menos que se obtenga una ganancia económica a través de los bienes heredados. Por ejemplo, si se hereda un inmueble y posteriormente se vende o se alquila, es obligatorio declarar estas ganancias en la renta, ya que se consideran rendimientos patrimoniales económicos.

Sin embargo, hay algunos factores que afectan a este hecho, así que presta atención porque a continuación te presentaremos los 5 factores que debes tener en cuenta a nivel de impuestos y el tipo de herencia recibida. 

1. Impuesto de Sucesiones y Donaciones

Uno de los impuestos más relevantes al recibir una herencia en España es el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Este impuesto tiene como objetivo gravar el aumento en el patrimonio del heredero cuando adquiere los bienes heredados. Generalmente, este impuesto se liquida ante el organismo recaudador de cada comunidad autónoma y debe pagarse en un plazo de seis meses desde que se recibe la herencia.

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones varía en cada comunidad autónoma, ya que es un impuesto cedido a las autonomías. Esto significa que el importe a pagar puede ser diferente en función de la comunidad en la que se encuentre el heredero. Es importante tener en cuenta que muchas comunidades autónomas ofrecen bonificaciones y reducciones fiscales en este impuesto, con lo que es importante que te asesores bien a la hora de hacer frente a este pago..

Es importante que sepas que no es necesario declarar el impuesto de sucesiones en el IRPF, pero sí que afecta a este último el hecho de obtener cualquier ganancia económica generada a partir de los bienes heredados, como la venta o el alquiler de una propiedad. Esto sí debe incluirse en la declaración de la renta como ganancias de capital.

2. Recibir un inmueble en herencia

Cuando se recibe un inmueble en herencia, las implicaciones fiscales pueden variar dependiendo de cómo se utilice o se disponga de dicho inmueble. Si el inmueble heredado se destina a vivienda habitual, no es necesario incluirlo en la declaración de la renta.

Sin embargo, si se decide vender o alquilar la vivienda heredada, es necesario declarar las ganancias obtenidas en la renta anual. Esto se debe a que la venta o alquiler de la vivienda genera beneficios económicos que deben ser gravados.

Lo mismo ocurre si se hereda un terreno o un local que está arrendado. En este caso, los ingresos generados por el arrendamiento deben ser incluidos en la declaración de la renta. Si posteriormente se decide vender este bien, también es necesario declarar la ganancia patrimonial obtenida.

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3. Recibir planes de pensiones y otros activos financieros

Los planes de pensiones son otro aspecto a considerar al recibir una herencia. Estos planes no se incluyen en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, por lo que no es necesario pagar impuestos al recibirlos. Sin embargo, si se decide rescatar el plan de pensiones y convertirlo en rendimientos del trabajo, es obligatorio declararlos en la renta como parte de los ingresos del heredero.

En cuanto a otros activos financieros, como acciones o depósitos bancarios, es necesario declararlos en la renta si generan beneficios económicos

4. La renta inmobiliaria imputada

Además de los impuestos y obligaciones mencionados anteriormente, es importante tener en cuenta la figura de la renta inmobiliaria imputada. Esta figura se aplica a las viviendas vacías que no se utilizan como vivienda habitual y que se considera que podrían generar una renta o ingreso económico. La Agencia Estatal de Administración Tributaria estima que se debe pagar un porcentaje del valor catastral de la vivienda como una imputación de renta, aunque no se haya obtenido ningún beneficio económico real.

Sin embargo, existen algunas excepciones a la renta inmobiliaria imputada. Por ejemplo, no se aplica a la vivienda habitual, a los bienes urbanos destinados a actividades económicas, a los inmuebles rústicos indispensables para actividades agrícolas o forestales, a los suelos no edificados, a los inmuebles en construcción y a los bienes que generan rendimientos de capital.

5. Heredar dinero en efectivo

En el caso de heredar dinero en efectivo, es importante tener en cuenta que las transferencias inferiores a 3.000 euros no están sujetas a la obligación de informar a Hacienda. Sin embargo, si se reciben transferencias frecuentes por cantidades superiores a 3.000 euros, es necesario justificar el origen de esos ingresos para evitar problemas con la Agencia Tributaria.

En cuanto a la declaración de la renta, no es necesario incluir el dinero en efectivo heredado en la declaración, ya que se considera parte del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

 

En Navarro y Navarro somos expertos en búsqueda y localización de herederos desaparecidos o que no saben que lo son. Y una vez se les notifica, ayudamos también en la tramitación de la herencia, especialmente en casos complejos (primos, sobrinos, etc.).

Si conoces algún caso, no dudes en contactarnos

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