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Qué es el usufructo de una herencia: ejemplos y tipos

usufructo herencia
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Entre las múltiples figuras que existen a nivel de derecho en materia de herencias, hay una en particular que suele ser de las más controvertidas, y esa es el usufructo. 

El usufructo se da en situaciones donde una persona, pese a no poseer derechos legales por orden de sucesión a una parte de la herencia, se le otorga este derecho para que pueda tener legalmente la libertad de uso de ciertos bienes.

Esto, por supuesto, va delimitado por ciertos aspectos legales que veremos a continuación.

¿Qué es el usufructo?

El usufructo consiste en el derecho de disfrutar bienes ajenos y sus rentas a cambio de su adecuada conservación

Es importante recalcar que una de las condiciones clave del usufructo es que los bienes no son de su propiedad, son bienes de otra persona que la beneficiaria del usufructo puede disfrutar, pero sin ser suyos.

Esta situación suele darse habitualmente entre parejas, de tal manera que el viudo o la viuda en cuestión disfruta del usufructo de los bienes del fallecido. 

Dado que las parejas por ley no siguen el orden sucesorio establecido, debe haber una figura que garantice que uno de los miembros del matrimonio no se quede desvalido en caso de que el otro falte.

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Hay dos figuras clave que se deben distinguir en este sentido: el nudo propietario y el usufructuario.

  • el nudo propietario consiste en la persona que es puramente propietaria de los bienes. Es el que otorga después el derecho del usufructo.
  • el usufructuario es el beneficiario del usufructo, quien puede disfrutar los bienes y recursos otorgados, pero no serán de su propiedad.

Si ponemos como ejemplo un matrimonio con hijos, una vez fallezca uno de los cónyuges, este puede haber dejado al otro el derecho de usufructo de sus bienes y rentas como nudo propietario. El otro miembro sería el usufructuario (la persona que se queda viuda), quien podría disfrutar de esos bienes. Sin embargo, la propiedad de los mismos no pertenecen al usufructuario, sino a los hijos, que serían los herederos legítimos.

Tipos de usufructo de una herencia

Atendiendo a la duración del usufructo y su carácter, podemos encontrar hasta cuatro tipos de usufructo en una herencia:

Usufructo voluntario

Es el que se firma por acuerdo de las partes sin necesidad de imposición por ley. Este puede darse tanto entre dos personas vivas como por medio de testamento una vez el nudo propietario fallece.

Usufructo legal

Es el que la ley establece como mandatorio siguiendo ciertas condiciones. Por ejemplo: hay países donde se establece que si fallece uno de los miembros de la pareja, el otro tiene derecho al usufructo vitalicio de todos los bienes.

Usufructo vitalicio

El usufructuario puede disfrutar de todos los bienes y rentas hasta su fallecimiento (como el caso anterior de la pareja).

Usufructo universal

Suele ir ligado también a situaciones de parejas, donde se produce lo que se llama “testamentos de los esposos del uno para el otro”. 

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Se trata de que el usufructuario tiene derecho a disfrutar todos los bienes de la herencia hasta su fallecimiento. Sin embargo, si quiere efectuar una venta o deshacerse de algún elemento, tendrá que contar con el consentimiento del heredero o herederos legítimos.

Usufructo temporal

Se concede solamente por un periodo de tiempo determinado. Este queda designado en el momento en el que se otorga el usufructo. 

Usufructo de bienes y derechos

Aquí tendría lugar el derecho a disfrutar de objetos consumibles o que generen una renta. También es aplicable en cuanto a derechos, de tal manera que el usufructuario adquiere los beneficios o utilidades de dicho derecho, siempre y cuando no sea algo intransmisible o personal. 

¿Se puede renunciar al usufructo de una herencia?

Sí, aunque hay ciertas condiciones en caso de que se renuncie tras haber aceptado el usufructo o si la renuncia se efectúa antes. 

Dicho de otro modo: si en herencia alguien recibe el usufructo de los bienes, puede escoger no aceptar este derecho en favor del nudo propietario legítimo de la herencia. 

Por otro lado, en caso de que ya se haya aceptado el usufructo, pero se quiera renunciar a él después, debe producirse ante Notario bajo una serie de condiciones, como el pago de tasas o rescisiones de contratos. 

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