A lo largo de la historia, la sucesión de bienes y patrimonios ha sido objeto de estudio y debate en diferentes contextos culturales y legales.
La cuestión de quién tiene preferencia para recibir una herencia, ya sea un tío o un primo, es un tema que ha generado innumerables interrogantes y ha sido abordado desde diferentes perspectivas jurídicas y sociales.
En este artículo examinaremos las principales consideraciones legales que influyen en esta cuestión y examinaremos los factores que podrían determinar la preferencia de un tío o un primo como heredero y las posibles implicaciones que ello conlleva para el futuro de los bienes y el patrimonio en disputa.
Grados de parentesco y su relevancia
El parentesco juega un papel crucial en la sucesión hereditaria. En el Código Civil, concretamente en el Título III, se establece un orden de preferencia en la asignación de los bienes de una persona fallecida, dependiendo de los vínculos familiares existentes. En este caso, nos enfocaremos específicamente en el parentesco de tío y primo.
Hemos comentado en anteriores ocasiones que el parentesco se divide en diferentes grados, los cuales determinan la cercanía o lejanía de los vínculos familiares, siempre teniendo como punto de referencia a la persona fallecida cuya herencia está siendo asignada.
En primer lugar, existen los grados de parentesco en línea recta, que incluyen a los ascendientes (padres, abuelos) y a los descendientes (hijos, nietos). Estos grados de parentesco son considerados de mayor preferencia en la sucesión hereditaria.
Por otro lado, encontramos los grados de parentesco en línea colateral, que son aquellos que no descienden directamente unos de otros, como los hermanos, tíos, sobrinos y primos. Estos grados de parentesco suelen tener una menor preferencia en la asignación de una herencia.
En conclusión, para que un tío o un primo puedan heredar, se tiene que dar la premisa de que no existan parientes en línea recta: ni descendientes ni ascendientes.
La importancia del testamento en la asignación de una herencia
Es importante destacar que la existencia de un testamento puede alterar el orden de preferencia establecido por la ley. Si una persona deja un testamento en el que designa a un primo como heredero, éste tendrá preferencia sobre un tío, incluso si la ley establece lo contrario.
Eso sí, respetando siempre las delimitaciones legales dentro de la asignación de los tercios de legítima, mejora y libre disposición.
Por lo tanto, si un tío o un primo desea asegurar su derecho a heredar, una de las vías más inmediatas es que en el testamento se especifique claramente quién será el beneficiario de los bienes.

¿Qué ocurre con la sucesión hereditaria en ausencia de testamento?
En el caso de que una persona fallezca sin dejar un testamento, se aplica la sucesión intestada, es decir, la ley determina quiénes serán los herederos y en qué orden. En este contexto, es relevante analizar cómo se establece la preferencia entre un tío y un primo en la asignación de una herencia.
En general, la ley establece que los herederos más cercanos en grado tienen preferencia sobre los más lejanos. Por lo tanto, en una situación sin testamento, los hijos del fallecido (en línea recta descendente) tendrán preferencia sobre los hermanos (en línea colateral) y, a su vez, estos últimos tendrán preferencia sobre los sobrinos, tíos y primos.
Entre un tío y un primo, ¿quién hereda primero?
Dentro de los hermanos (grado de parentesco en línea colateral), la preferencia se establece por cabezas y estirpes.
Esto significa que los hermanos heredarán por partes iguales (por cabezas). Sin embargo, si alguno de los hermanos ha fallecido, pero tiene hijos (sobrinos del causante), estos heredarán por estirpes, es decir, se repartirán entre ellos la parte que hubiera correspondido a su padre siendo la línea sucesoria directa.
En el caso de que no existan hermanos, se pasará a considerar a los tíos (grado de parentesco en línea colateral) como posibles herederos. Si un tío está vivo, tendrá preferencia sobre los primos (hijos de los hermanos) en la asignación de una herencia. En este caso, los bienes se distribuirán entre los tíos por partes iguales. Solo en ausencia de tíos vivos, los primos serán considerados como herederos.
En resumen, en una situación sin testamento un tío tiene preferencia sobre un primo en la asignación de una herencia. Sin embargo, la existencia de un testamento puede alterar este orden de preferencia. Es importante buscar asesoramiento legal para comprender completamente los derechos y obligaciones en una herencia, más aún cuando se trata de herencias complejas donde no hay herederos en línea directa o directamente el heredero no aparece.
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