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¿Cuándo se aplica la sucesión procesal hereditaria?

que ocurre cuando persona demandada fallece

En el ámbito legal, es común que surjan dudas respecto a qué sucede cuando el demandado de un juicio fallece. ¿Puede continuar el proceso? ¿Quién asume la posición legal del fallecido? Estas preguntas tienen implicancias importantes en el desarrollo de un litigio y es fundamental comprender cómo funciona la sucesión procesal en estos casos.

En este artículo veremos qué hacer cuando el demandado fallece durante el curso de un proceso legal. Analizaremos las diferentes situaciones que pueden presentarse y las medidas legales que deben tomarse para garantizar un desarrollo adecuado del juicio.

¿Qué es la sucesión procesal por muerte en procesos civiles?

La sucesión procesal por fallecimiento se basa en el desplazamiento de la legitimación como consecuencia de la muerte de una de las partes del proceso civil y las consecuencias que puede traer a los herederos del procesado. La legitimación es un requisito fundamental en un juicio, ya que determina quién tiene el derecho de interponer una pretensión o contra quién puede pedirse una actuación judicial.

En el Código Civil se establece que tendrán legitimación para intervenir como partes en un proceso aquellos que sean titulares de un derecho o interés legalmente reconocido en relación con la pretensión. También se reconocerá legitimación a las personas que la ley permita actuar en el proceso por derechos e intereses de los que no son titulares.

Cuando se produce la sucesión procesal por fallecimiento, es necesario determinar quién ocupará el lugar de la parte fallecida en el proceso. En caso de que existan herederos declarados, ellos asumirán la posición legal del demandado fallecido. En situaciones en las que no se haya designado herederos, se declarará la herencia yacente y se convocará a un curador correspondiente.

¿Cuándo procede la sucesión procesal hereditaria?

Cuando una persona fallece y era parte en un juicio como demandado, es necesario determinar si el proceso puede continuar y quién asumirá su posición legal. En este sentido, existen diferentes escenarios que deben tenerse en cuenta:

1. Demandado fallece antes de la presentación de la demanda

Si el demandado fallece antes de que se presente la demanda ante el juzgado, se deberá solicitar la nulidad de las actuaciones y de la resolución que admitió la demanda

En este caso, se declarará la inadmisión de la demanda debido a la falta de capacidad para ser parte del demandado. Esta situación ha sido reconocida por la Audiencia Provincial de Madrid en su Auto nº 301/2009.

2. Demandado fallecido después de la presentación de la demanda

Si el demandado fallece después de que se haya presentado la demanda, pero antes de comparecer o ser declarado en rebeldía, se abrirá la sucesión procesal hereditaria. 

En este escenario, los herederos o sucesores del demandado deberán comparecer en el procedimiento si desean defenderse de la demanda interpuesta contra su causante.

3. Fallecimiento del recurrente antes de dictar sentencia

En el caso de que el recurrente, ya sea demandado o demandante, fallezca antes de que se dicte sentencia en la Audiencia Provincial o en el Tribunal Supremo, pero después de haber interpuesto su recurso contra una sentencia desfavorable, se considerará que ha habido desistimiento del recurso presentado. 

En esta situación, si no se conocen a los sucesores o no pueden ser localizados, se procederá a declarar el desistimiento del recurso.

4. Fallecimiento del demandado después de dictada la sentencia

Si el demandado fallece después de que se dicte la sentencia pero antes de que esta sea ejecutada, la sentencia seguirá siendo válida. No será necesario obtener un segundo título para iniciar la ejecución, ya que la sentencia servirá como base para la ejecución. Lo único que cambiará será la persona contra la cual se despachará la ejecución, de acuerdo con el artículo 540 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Para este tipo de casos es fundamental contar con el asesoramiento de profesionales que garanticen un adecuado desarrollo del juicio en casos de fallecimiento del demandado, más aún si el heredero no aparece. En Navarro y Navarro tenemos más de 40 años de experiencia en búsqueda y localización de herederos desaparecidos o que no saben que lo son.

Contáctanos si conoces algún caso y te ayudaremos, nuestros servicios son gratuitos. 

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